Presentación
  
Versiones de Palestra
Presentación
Reforma del Estado
   Bases de la Reforma
   Aspectos Políticos
   Aspectos Sociales
   Aspectos Económicos
Gobernabilidad
   Cultura y Sociedad
   Comisión de la Verdad
   Lucha Anticorrupción


Bases de la Reforma

 

Reforma Constitucional en el Perú actual



César Landa Arroyo

Naturaleza y alcances de la reforma constitucional

La Constitución no es una obra acabada sino que evoluciona de acuerdo con las fuerzas políticas, sociales y económicas del actual momento histórico. Más aún la Constitución debe permanecer incompleta porque, si bien pretende encausar los procesos sociales de la Nación, también se encuentra sometida a los cambios históricos actuales.

La necesidad de estos cambios democráticos y constitucionales obedece a la voluntad general ciudadana de romper con el sistema de gobierno autocrático y corrupto que se implementó durante la década pasada, bajo el régimen del ex-Presidente Fujimori. Sin embargo, el pueblo debe ejercer su poder constituyente no de manera absoluta, sino mediante los mecanismos de la reforma constitucional.

En ese sentido, debe tenerse en consideración la necesidad de adecuación de la voluntad política democrática del pueblo con la norma jurídica suprema, sobre todo teniendo en cuenta que ésta no se encuentra expresada plenamente en la Constitución de 1993. Asimismo, cabe señalar que la eventual reforma constitucional debería partir de reconocer los actos políticos, jurídicos y económicos legítimos, que la ciudadanía haya aceptado de buena fe y que hayan tenido vigencia en el tiempo.

Por ello, si bien la continuidad jurídica es una garantía de toda reforma constitucional, ésta será válida en tanto se hayan respetado los principios y valores fundamentales de una sociedad democrática, basada en el respeto de los derechos fundamentales, el control y balance entre los poderes del Estado, así como la garantía de una economía al servicio de la persona humana.

 

Antecedentes de las reformas constitucionales en el Perú

En la historia constitucional del Perú se puede comprobar una praxis política, en virtud de la cual, en cada nuevo régimen se dio una nueva Constitución a la medida de sus intereses o necesidades, sin que necesariamente existiese la demanda histórica ciudadana de la reforma constitucional.

Por lo general, la justificación de la dación de una nueva Constitución (1826, 1837, 1839, 1856, 1860, 1867, 1920, 1933 y 1993) se ha sustentado en la necesidad y/o urgencia de establecer un nuevo orden constitucional acorde con los cambios políticos del momento histórico de entonces y los intereses de los caudillos y grupos políticos que llegaban al poder.

Pero, junto a ello, también han existido constituciones (1823, 1828, 1834 y 1979) que han permitido establecer un orden político, basado en el respeto de las instituciones democrático-constitucionales y no en los líderes y grupos de poder transitorios.

Sin embargo, en la aprobación de las mencionadas constituciones no se respetaron las reglas propias de la norma suprema precedente para operar su cambio sino que, en base a una práctica histórica de quebrantamiento y/o fraude, siempre se terminó estableciendo un nuevo Congreso o Asamblea Constituyente que dictó una nueva Constitución, usualmente nominal –alejada de la realidad- y semántica, en beneficio de un grupo de poder.

La eventual reforma constitucional debería constituir el punto de no retorno de la histórica inestabilidad -jurídica y política- que se ha basado en justificar el uso de cualquier medio de reforma constitucional en aras de determinados fines políticos. Pero, los medios y fines democráticos constituyen una sola unidad, es decir, que el retorno democrático para que sea legítimo -en su origen y en sus fines- debe subordinarse a las reglas de la reforma constitucional vigente.

 

Procedimientos de la reforma constitucional

En la hora actual en que se busca establecer las bases del Estado de Derecho para un horizonte temporal de largo plazo, se deberían estudiar cuidadosamente los mecanismos técnicos de la reforma constitucional. La Comisión de Estudio de las Bases para la Reforma Constitucional, creada por el gobierno transitorio del Presidente Paniagua, ha diseñado las siguientes alternativas:

Primera, se postula declarar la nulidad de la Constitución de 1993, pero convalidando todos sus actos aunque dejándolos sujetos a revisión futura, así como se restablecería la vigencia de la Constitución de 1979.

Segunda, se plantea la reforma de la Constitución de 1993, sustituyéndola por la Carta de 1979 de manera total o parcial.

Tercera, se requeriría de una ley de referéndum para que el pueblo decida si quiere retornar a la Constitución de 1979 o que se dicte una nueva Constitución y entonces se convoque a una Asamblea Constituyente.

En realidad, las transiciones democráticas asumen usualmente una de esas tres vertientes: la caducidad, la revisión o la continuidad del régimen jurídico precedente. Es del caso precisar que la opción de la reforma constitucional al ser un asunto jurídico-político por excelencia, debe asumirse diferenciando entre lo que es necesario, lo que es real y lo que es posible.

Por un lado, el gobierno entrante del electo Presidente Toledo necesita un nuevo marco institucional de naturaleza democrática y, por otro, el pueblo tiene expectativas legítimas de que éste cumpla con sus promesas electorales. Si la voluntad política sintoniza con la opinión pública, la reforma de la Constitución de 1993 no sólo es necesaria, sino también es realista utilizar sus propios mecanismos de reforma constitucional y además es posible llegar a un consenso político sobre los contenidos de la reforma, siempre que se actúe simultáneamente honrando la esperanza ciudadana y actuando con responsabilidad gubernamental.

César Landa Arroyo
Doctor en Derecho. Coordinador de la Maestría en Derecho Constitucional de la Pontificia Universidad Católica del Perú

Comentar este artículo
 

[Página Principal][Opine aquí] [Comité editorial] [Colaboradores] [Contáctenos]

Pontificia Universidad Católica del Perú Portal Asuntos Públicos © Derechos Reservados, Lima 2001

Reforma del Estado
Gobernabilidad
Comisión de la verdad